
DERECHO
MIGRATORIO
Entendemos que los trámites migratorios pueden ser desafiantes por lo que trabajamos para simplificar el proceso. Para ello asesoramos en el trámite que más se adapta a sus necesidades migratorios, brindamos apoyo en la recopilación de documentación y la efectiva presentación de la solicitud, renovación o interposición de recursos contenciosos administrativos.
Una duda habitual entre quienes tienen intereses en España es cuánto tiempo pueden permanecer en el país. Conviene no confundir dos normas distintas: el límite migratorio de 90 días dentro de cualquier periodo de 180, aplicable a quien no dispone de visado ni autorización de residencia, y el criterio fiscal de los 183 días en un año natural, que determina la residencia fiscal en España con independencia de la situación migratoria. Asesoramos sobre cuál es la situación aplicable a cada cliente y sobre cómo planificarla adecuadamente.
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Nacionalidad española
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Autorización de residencia no lucrativa
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Autorización de residencia de familiar de ciudadano de la UE
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Autorización de residencia por reagrupación familiar
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Autorización de residencia y trabajo
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Autorización de estancia y prórrogas
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Residencia de nómada digital
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Inscripciones en el Registro Civil
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Recursos administrativos y contenciosos administrativos
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Arraigo
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Reagrupación familiar
